¿Conoces la Ley de la Segunda Oportunidad?

¿Conoces La Ley de la Segunda oportunidad? Los profesionales de la asesoría en Sevilla de Gesincor Asesores quieren que cuentes con toda la información necesaria a la hora de recurrir a ella. Esta ley es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos deudores renegociar sus deudas o librarse de una parte de ellas. Este procedimiento tiene como objetivo que aquellas personas físicas, con o sin actividad empresarial puedan superar una situación de insolvencia o de quiebra.

Acudir a profesionales que te asesoren a la hora de optar por la Ley de la Segunda Oportunidad es básico. Su regulación corre a cargo del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otros elementos de orden social.

En primer lugar, será imprescindible conocer cuáles son los objetivos de esta ley. El principal será el de ofrecer ayuda a quien está probado que ha sido un buen pagador pero que actualmente no puede hacer frente a sus deudas debido a un mal momento económico puntual. Esta ley no hace que la persona se vaya sin pagar libremente dado que también tiene en cuenta los derechos de cobro de la otra parte implicada.

Anteriormente existía la posibilidad de que las personas físicas acudieran al concurso de acreedores. Pero este nuevo mecanismo de la segunda oportunidad hace que pueda pedir esta herramienta de forma más ajustada a sus necesidades. Es, por tanto, un instrumento ideal para una mala situación.

Para poder acogerse a esta ley habrá que cumplir una serie de requisitos:

  • La persona debe de justificar que no cuenta con el patrimonio suficiente para poder hacer frente a las deudas contraídas.
  • La cantidad de la deuda no puede ser más de 5 millones de euros.
  • Las deudas deben de haberse contraído en acto de buena fe. Es un concepto muy amplio y que hace que aparezcan nuevas premisas que hay que cumplir.

Es un proceso complicado, dado que también habrá que revisar condiciones como que haya existido un intento de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. A su vez, será necesario que el deudor no tenga una condena por delitos económicos o patrimoniales contra las instituciones públicas como puede ser Hacienda o la Seguridad Social. En último lugar, la persona no puede haber sido declarada como culpable en el concurso de acreedores.

Si te encuentras en esta situación y quieres recurrir a la Ley de la Segunda Oportunidad no dudes en acudir a una buena asesoría en Sevilla. Ellos te ayudarán y guiarán con el proceso.